INFORMACIÓN

¿Cumplen sus puertas automáticas la normativa?

¿Tienen un mantenimiento adecuado?

Al igual que en cualquier otro tipo de puertas automáticas, también hay que tener en cuenta la legislación y la normativa vigente que afecta a las puertas automáticas.

El pasado 20 de julio del 2012 AENOR publicó la nueva NORMA 85635 , con esta norma se regula la periodicidad del mantenimiento de puertas automáticas, algo que era necesario para evitar confusiones en el sector.

Hasta la aparición de la nueva NORMA , teníamos que dirigirnos a leyes como la Ley de propiedad Horizontal, La ley de industria 21/1992 o en algunos casos al Código Civil, entre otras, donde se podía encontrar la obligatoriedad por parte del Propietario de mantener, las instalaciones para poder garantizar la seguridad de las personas. 

La nueva NORMA viene a poner luz en el mantenimiento de las puertas automáticas.

Normativa

Desde aquí queremos aclararte las posibles dudas que puedas tener sobre el marcado CE de tus puertas y cualquier normativa que pueda afectarle.

Lo primero que tenemos que saber es si la puerta se instaló antes o después de mayo del año 2005, fecha en la cual se produjeron los cambios en la ley sobre puertas de garaje comunitarias.
A partir de ese año la puerta automática instalada ya sea de tipo basculante, seccional, corredera, batiente o enrollable debe ajustarse a la normativa.
Si la puerta es anterior a 2005 pero hemos hecho modificaciones en alguno de sus componentes de importancia para la seguridad, estructura, puesta en marcha… deberemos tener en cuenta lo siguiente:

  • Si la instalación fue anterior a mayo de 2005, entonces solo se obligaba a cumplir con las Directivas de Máquinas (DM), Baja Tensión (DBT) y Compatibilidad Electromagnética (DCEM) vigentes del momento.
  • Y a partir de 2005 debían cumplir con la Directiva de Productos de Construcción (DPC). Lo que conlleva la obligación del marcado por la CE y conformidad con los requisitos que marcaba la normativa en el momento del montaje de la puerta.


Aquí indicamos algunas de las normas más directamente relacionadas con las puertas seccionales automáticas:

UNE-EN-13241-1:2003 Puertas, Industriales, comerciales, de garaje y portones (Norma de producto). El cumplimiento de esta norma da presunción de conformidad con la Directiva de la construcción 89/106/CEE, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de la Directiva de Máquinas 98/37/CEE. Esta norma determina los requerimientos para poder colocar el marcado CE en las puertas.

UNE-EN-12604:2018 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aspectos mecánicos. Requisitos.

UNE-EN-12453:2018 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Seguridad de utilización de puertas motorizadas. Requisitos.

Norma AENOR 85635 Norma AENOR 85635


Puntos novedosos que aporta la nueva Norma AENOR 85635

  1. Nos indica qué es un mantenimiento básico (quién puede realizarlo) y un Nivel Avanzado (sólo para personal cualificado)
  2. Trae una recomendación en cuanto a la periocidad de mantenimiento y frecuencia de revisión de las puertas. Algo demandado por todas las asociaciones de instaladores y que aparecía reflejado en sus manuales de buenas prácicas.
  3. Regula las obligaciones que debe cumplir las empresas mantenedoras.
  4. Las obligaciones por parte del Propietario con el cumplimiento del mantenimiento que garantice el buen estado de las instalaciones.
  5. Nos indica la importacia y los contenidos del Libro de Mantenimiento.

Incumplimiento de la normativa

Qué dice la norma en cuanto al incumplimiento de la misma por parte de una empresa


El tener puertas instaladas SIN MARCADO CE, conlleva un incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos laborales según Real decreto 486/1997 de 14 de abril establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en el lugar de Trabajo dado que cualquier máquina dentro de un centro de trabajo (aunque no sea un equipo de trabajo directamente relacionado con un operario) debe cumplir con las normativas de seguridad que le sean de aplicación (“Marcado CE” y “Declaración de Conformidad”).


Debemos tener al día en cuanto a normativa las puertas tanto industriales como de garaje en caso contrario nos enfrentaremos a:

  • No cobertura por parte del Seguro del Hogar, Responsabilidad Civil, etc…debido a que la puerta instalada no cumple con la normativa vigente.
  • Según el Título V de la Ley General de Industria califica este incumplimiento de GRAVE o MUY GRAVE, con sanciones que van de 3.000 a 600.000€.
  • No poder poner la máquina ( PUERTA AUTOMATICA) en el plan de riesgos laborales al carecer de documentación con lo que supone esta situación, en caso de inspección de trabajo. o accidente.
  • Responsabilidad Penal.


SU Seguridad de Utilización (apartado 2-1.2):

Las puertas, portones y barreras situados en zonas accesibles a las personas y utilizadas para el paso de mercancías y vehículos tendrán marcado CE de conformidad con la Norma UNE-EN 132241-1:2004 y su instalación, uso y mantenimiento se realizaran conforme a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009

Normativa en seguridad en puertas automáticas

El código técnico de la Edificación en su Documento Básico sobre Seguridad en caso de incendios establece la obligatoriedad del mantenimiento para las puertas peatonales automáticas, estableciendo para ello, lo siguiente:

Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB SI – Seguridad en caso de incendio


Las puertas automáticas peatonales se someterán obligatoriamente a las condiciones de mantenimiento establecidas en la norma

UNE 85121:2018


Mantenimiento obligaorio preventivo según la Norma UNE 85121


                                                                                     AFORO 

                                           > 100 PERSONASAFORO                                                                    < 100 PERSONAS
                                         MANTENIMIENTO TRIMESTRAL                                                   MANTENIMIENTO SEMESTRAL

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